Una de las principales preocupaciones tras el apagón es saber quién se va a hacer cargo de los daños y perjuicios. Aunque tenemos malas noticias porque esto es algo que dependerá, sobre todo, de lo que haya motivado el apagón. De este modo, desde la OCU nos confirman que, si finalmente se determina que se ha debido a una circunstancia extraordinaria y a la fuerza mayor, los consumidores no serán indemnizados.
Por suerte, parece que no se han producido grandes pérdidas derivadas del gran apagón que dejó desconectada a España durante la mayor parte del lunes 28 de abril. Sin embargo, a estas horas hay gente preocupada por electrodomésticos y dispositivos electrónicos averiados por una sobretensión o por la comida (e incluso medicamentos) estropeados como consecuencia de haber pasado demasiadas horas sin refrigeración.
Luces y sombras de tu seguro del hogar
Mientras se esclarece el origen del apagón, los expertos de la OCU nos animan a consultar las coberturas de los distintos seguros que podamos tener contratados. En concreto, para estos casos, el que aplicaría sería el del hogar. Por ello es importante revisar las condiciones generales y particulares de nuestra póliza.
Aunque también advierten de que lo que podríamos descubrir es que esta contemple la exclusión de la cobertura por motivos de fuerza mayor, como podría ser lo que haya provocado este apagón.
En cualquier caso, recomiendan guardar todas las pruebas que tengamos y que pueden incluir:
- Fotos
- Informes de los electrodomésticos averiados como consecuencia del apagón o la subida de tensión tras el restablecimiento del suministro
- Tickets de los alimentos que puedan haberse echado a perder en el frigorífico y el congelador
De lo que no se pueden librar las compañías eléctricas
No obstante, FACUA pone el punto positivo recordando a los ciudadanos que, sea cual sea la causa del apagón, la distribuidora sí es responsable de cómo vuelve la electricidad a nuestras casas. Porque los cortes de luz o las subidas de tensión pueden provocar la avería de electrodomésticos y dispositivos que se encontrasen conectados a la corriente eléctrica. Desde lavadoras hasta lavavajillas, pasando por los frigoríficos.
Por lo tanto, los consumidores pueden reclamar a las eléctricas por estas averías consecuencia de subidas de tensión al volver la luz tras el apagón generalizado. Para ello, la asociación dedicada a la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios aconseja dirigir sus reclamaciones e incidencias tanto a la distribuidora como a la comercializadora.
Esto se debe a que, aunque la responsabilidad es de la distribuidora, la relación contractual directa es con la comercializadora. Así que es conveniente poner los hechos en conocimiento de ambas a la hora de reclamar por los daños sufridos.
Para quienes tengan dudas sobre cuál es su distribuidora (existen alrededor de 300 en España), su nombre se indica en la factura que emite la comercializadora (Endesa, Iberdrola, Naturgy o Repsol). Concretamente, puede encontrarse tanto en el apartado "Referencia del contrato de acceso" como en el dedicado a "Averías y Urgencias".
Foto de portada | Giuseppe CUZZOCREA
En Trendencias | Guía práctica para limpiar la plancha en casa y que siempre esté como el primer día
Ver 0 comentarios